7.6 ¿QUÉ ES EXACTAMENTE EL REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2025/695?
La EN 17235 por sí sola no basta para que un producto pueda comercializarse bajo el Reglamento de Productos de Construcción.
Europa necesitaba un documento adicional que indicase:
- qué características son obligatorias;
- cuáles deben declararse;
- qué clases de prestaciones existen;
- cómo deben interpretarse los resultados obtenidos durante los ensayos.
Ese documento es precisamente el Reglamento Delegado (UE) 2025/695.
Dicho de forma sencilla:
La EN 17235 explica cómo ensayar.
El Reglamento 2025/695 explica qué resultados deben declararse.
7.7 ¿POR QUÉ HA TENIDO QUE PUBLICARSE?
Porque el Reglamento de Productos de Construcción exige que los productos dispongan de características esenciales claramente definidas.
Europa no puede permitir que cada fabricante declare lo que quiera.
Si un fabricante afirma que su línea de vida es apta para cuatro usuarios o que su punto de anclaje soporta determinadas cargas, esas prestaciones deben expresarse siguiendo criterios comunes para todos los fabricantes europeos.
El Reglamento 2025/695 crea precisamente ese lenguaje común.
7.8 LAS DOS CARACTERÍSTICAS MÁS IMPORTANTES
El Reglamento establece que existen dos prestaciones mecánicas fundamentales que deben declararse obligatoriamente:
7.8.1 Resistencia mecánica – Ensayo dinámico
Verifica la capacidad del dispositivo para soportar una caída.
Es el ensayo que simula el escenario real de uso.
Si el sistema falla aquí, todo lo demás carece de importancia.
Por eso el Reglamento obliga a declarar esta prestación.
7.8.2 Resistencia mecánica – Ensayo de carga de rotura
Mide la capacidad máxima del dispositivo antes de producirse el fallo estructural.
No pretende simular una caída.
Pretende conocer el margen de seguridad real del sistema.
Europa considera esta característica tan importante que también obliga a declararla expresamente.
7.9 ¿QUÉ CAMBIA PARA LOS FABRICANTES?
Muchísimo.
Antes era relativamente habitual ver documentación comercial que decía cosas como:
- «anclaje certificado»;
- «línea de vida homologada»;
- «cumple EN 795».
Ahora el fabricante debe declarar prestaciones concretas respaldadas por ensayos realizados conforme a la EN 17235.
La responsabilidad jurídica aumenta considerablemente.
Ya no se trata simplemente de cumplir una norma.
Se trata de declarar oficialmente unas prestaciones frente a las cuales el fabricante responderá.
7.10 ¿QUÉ CAMBIA PARA LOS INSTALADORES?
Más de lo que parece.
Hasta ahora muchos instaladores analizaban:
- resistencia del soporte;
- compatibilidad de fijaciones;
- documentación del fabricante.
Con el nuevo marco también deberán comprobar:
- que el producto dispone de Declaración de Prestaciones;
- que las prestaciones declaradas son compatibles con el uso previsto;
- que el producto ha sido comercializado bajo el marco CPR correspondiente.
Esto supone una profesionalización importante del sector.
7.11 ¿QUÉ CAMBIA PARA LOS PROPIETARIOS DE LAS INSTALACIONES?
La principal ventaja es la trazabilidad.
Cuando una empresa instala una línea de vida sobre una cubierta industrial ya no dependerá únicamente del catálogo comercial del fabricante.
Dispondrá de prestaciones declaradas oficialmente bajo un marco legal europeo común.
Esto facilita:
- auditorías;
- inspecciones;
- gestión documental;
- análisis de responsabilidades en caso de accidente.
7.12 EL REGLAMENTO 2025/695 ES EL ESLABÓN QUE FALTABA
Muchos profesionales creen que la gran noticia es la aparición de la EN 17235.
Realmente no.
La EN 17235 es la herramienta técnica.
El Reglamento Delegado (UE) 2025/695 es el mecanismo legal que permite integrar definitivamente los dispositivos de anclaje permanentes dentro del Reglamento de Productos de Construcción.
Sin EN 17235 no existirían los métodos de ensayo.
Sin el Reglamento 2025/695 no existiría un sistema armonizado para declarar las prestaciones obtenidas en esos ensayos.
Y es precisamente la combinación de ambos documentos la que marca el nacimiento definitivo del nuevo marco europeo para los anclajes permanentes, líneas de vida y ganchos de seguridad.
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1 comentario
Hola David, espero que estés muy bien. Excelente artículo!
¿Vendrás a SICUR?